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Objetivos
Contribuir a una mayor integración de los Centros educativos en la vida cultural de los ciudadanos, abriendo su espacio fuera del horario lectivo para la realización de actividades educativas, culturales, deportivas u otras de carácter social.
Aprovechar los espacios libres y recreativos de los centros como lugar de ocio y formación, siempre que no afecten el desarrollo de actividades previstas por el Centro.
Disponibilidad
Podrán usarse: Biblioteca, Salón de Actos, aulas e instalaciones deportivas.
No podrán utilizarse las instalaciones reservadas a tareas organizativas o jurídicoadministrativas del profesorado, o aquellas otras que por sus especiales condiciones, no aconsejen su utilización por terceros.
Responsabilidad de los usuarios
Asegurar el normal desarrollo de las actividades realizadas.
Adoptar las medidas oportunas en materia de vigilancia, mantenimiento y limpieza de las instalaciones, de modo que queden en perfecto estado para su uso inmediato posterior por los alumnos en sus actividades escolares ordinarias.
Sufragar los gastos originados por posibles deterioros, pérdidas o roturas en el material, instalaciones o servicios y cualquier otro que se derive directa o indirectamente de la realización de tales actividades.
Autorización de uso
Corresponde al Director del Centro:
- Cuando las actividades sean organizadas por el propio Centro, por alguna de las organizaciones que integran la comunidad escolar o por asociaciones constituidas a tal fin.
- Cuando las dependencias vayan a ser utilizadas por otro Centro Docente Público, para sus actividades extraescolares o complementarias, si bien deberá darse comunicación al Ayuntamiento respectivo cuando se trate de un centro de E. Infantil o Primaria.
Corresponde al Ayuntamiento:
- Cuando la utilización se realice por entidades, personas físicas o jurídicas u organismos legalmente constituidos, ajenos a la comunidad escolar del Centro de que se trate o para actividades distintas de las señaladas anteriormente.
La solicitud se presentará al Ayuntamiento respectivo por representante autorizado. El Ayuntamiento, previo conocimiento de la Programación General Anual del Centro, programará la celebración de las actividades, comunicándolo al Director del Centro, con la suficiente antelación.
Cuando el organismo interesado sea el Ayuntamiento, será suficiente con la comunicación de su pretensión al Director del Centro, con antelación.
Los profesores, las asociaciones de alumnos, las asociaciones de padres y el personal de administración y servicios Podrán utilizar las instalaciones de su Centro para las reuniones propias de cada sector, debiendo comunicarlo al Director con suficiente antelación para evitar interferencias con actividades previamente programadas u organizadas por el Ayuntamiento.
La utilización, en todos estos casos, será gratuita.
La utilización de los Centros se efectuará preferentemente con carácter no lucrativo.
Esta actividad NO incluye servicio de transporte
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